Introducción al RD 365/1995
El Real Decreto 365/1995 desarrolla las situaciones en las que se pueden encontrar los funcionarios públicos de la AGE. Aunque el TREBEP regula la base de las situaciones, este Reglamento detalla los plazos y formas de reingreso y los efectos de cada situación en el ámbito del Estado.
1. Servicio Activo (Art. 2)
Los funcionarios en servicio activo tienen todos los derechos, deberes y responsabilidades inherentes a su condición, y se regirán por el TREBEP, este reglamento y las normas de desarrollo.
2. Servicios Especiales (Art. 4)
Los funcionarios públicos pasarán a la situación de servicios especiales, entre otros casos, cuando sean autorizados para realizar una misión por período superior a 6 meses en organismos internacionales, o cuando adquieran la condición de miembros de las Cortes Generales o del Parlamento Europeo.
1. Excedencia Voluntaria por Interés Particular (Art. 16)
La excedencia por interés particular se subordina a las necesidades del servicio. Para solicitarla, es necesario haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las AA.PP. durante los **5 años inmediatamente anteriores**.
1. Suspensión de Funciones (Art. 20-22)
La suspensión de funciones priva al funcionario del ejercicio de sus funciones y de los derechos anejos a la plaza. Puede ser **provisional o firme**.
1. Características de la Agrupación Familiar
Podrá concederse la excedencia voluntaria por agrupación familiar, sin requisito de servicios previos, a los funcionarios cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario o laboral en cualquier Administración. **No devenga retribuciones ni reserva puesto**.
1. Cuidado de Hijos y Familiares
Los funcionarios tienen derecho a un período de excedencia de duración no superior a **3 años** para atender al cuidado de cada hijo. También para el cuidado de familiares hasta el **segundo grado** de consanguinidad o afinidad por razones de edad o enfermedad (duración no superior a 3 años).
1. Violencia de Género
Las funcionarias víctimas de violencia de género tienen derecho a solicitar excedencia sin necesidad de haber prestado servicios previos. Los primeros **6 meses** tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo, siendo prorrogable por períodos de 3 meses hasta un máximo de 18 meses.
1. Formas de Reingreso
El reingreso al servicio activo de los funcionarios que no tengan reserva de puesto de trabajo se realizará mediante su participación en las convocatorias de concurso de provisión o de libre designación, o bien a través de **adscripción provisional** en puestos vacantes.
1. Efectos de la Suspensión Firme
La suspensión firme determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de **6 meses**. Durante el tiempo de suspensión, el funcionario no podrá prestar servicios en ninguna Administración ni percibir retribución alguna.
1. Expectativa de Destino
Los funcionarios afectados por un proceso de reasignación de efectivos pasarán a la situación de expectativa de destino (máx. 1 año). Transcurrido el plazo sin obtener puesto, pasarán automáticamente a la situación de **excedencia forzosa**.