📜 ConstituciónLectura: 7 min19 Julio, 2026

Organización territorial del Estado: el Título VIII de la Constitución

El Título VIII de la Constitución (artículos 137 a 158) organiza territorialmente el Estado en municipios, provincias y Comunidades Autónomas. Es un bloque extenso pero muy rentable si dominas su esquema y el reparto de competencias.

Principios generales (arts. 137-139)

La Administración Local

El reparto de competencias (arts. 148 y 149)

Es el punto más preguntado del Título VIII.

Truco de examen: No confundas los artículos: el 148 lista lo que pueden asumir las CCAA; el 149 lista lo exclusivo del Estado.

Preguntas frecuentes

¿En qué entidades se organiza territorialmente el Estado?

En municipios, provincias y Comunidades Autónomas, según el artículo 137 de la Constitución.

¿Qué regulan los artículos 148 y 149 de la Constitución?

El 148 enumera las competencias que pueden asumir las Comunidades Autónomas y el 149 las competencias exclusivas del Estado.

Artículos relacionados

🧠Preparación de Oposiciones 2026 con IA

¿Quieres aprobar tu oposición en tiempo récord?

En OposicionesBot IA tienes miles de preguntas tipo test actualizadas al BOE, simulacros con cronómetro y la mayor biblioteca de temarios premium interactivos. Practica gratis y mide tu nivel.