Notificaciones administrativas en la Ley 39/2015: plazos, medios y efectos
Las notificaciones administrativas son uno de los temas más rentables del procedimiento administrativo común: aparecen en casi todos los exámenes y son fáciles de fijar si entiendes la lógica de plazos y medios. Aquí tienes lo esencial de la Ley 39/2015 (LPACAP), artículos 40 a 46.
Una notificación defectuosa puede invalidar todo el procedimiento, por eso la ley es tan estricta con su contenido y sus plazos.
¿Qué es notificar y en qué plazo?
Notificar es poner en conocimiento del interesado un acto administrativo que afecta a sus derechos e intereses. Toda resolución y acto que afecte a los interesados debe notificarse.
- Plazo para notificar: dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que el acto se haya dictado.
- Contenido obligatorio: el texto íntegro del acto, si pone fin o no a la vía administrativa, los recursos que proceden, el órgano ante el que interponerlos y el plazo.
- Una notificación con el texto íntegro pero sin indicar los recursos surte efecto desde que el interesado realice actuaciones que supongan conocimiento del acto o interponga el recurso procedente.
Notificación electrónica vs. en papel
La regla general hoy es la notificación electrónica. Están obligados a relacionarse electrónicamente (art. 14) las personas jurídicas, las entidades sin personalidad, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se exija colegiación y quienes les representen.
- La notificación electrónica se entiende practicada en el momento en que se accede a su contenido.
- Se entiende rechazada cuando transcurren 10 días naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda a ella.
- Los no obligados pueden elegir en cualquier momento ser notificados por medios electrónicos o en papel.
Notificación infructuosa, rechazo y publicación
Cuando la notificación en papel no puede entregarse, la ley prevé un segundo intento y, en última instancia, la publicación.
- Si nadie se hace cargo, se repite por una sola vez y en hora distinta dentro de los tres días siguientes.
- Rechazo (art. 41.5): si el interesado o su representante rechaza la notificación, se hace constar en el expediente y se tiene por efectuada.
- Publicación en el BOE (art. 44-45): procede cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o medio de notificación, o la notificación haya sido infructuosa.
Truco de examen: ¿En cuántos días se entiende rechazada una notificación electrónica no leída? En 10 días naturales desde su puesta a disposición. Ojo: naturales, no hábiles.
Preguntas frecuentes
¿En qué plazo debe notificarse un acto administrativo?
Dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que el acto se haya dictado, según el artículo 40 de la Ley 39/2015.
¿Cuándo se entiende rechazada una notificación electrónica?
Cuando transcurren 10 días naturales desde su puesta a disposición sin que el interesado acceda a su contenido.
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