Test de Oficiales y Auxiliares de Notaría
Este test aborda el régimen jurídico del personal de las notarías, centrándose en oficiales y auxiliares: su relación laboral con el notario, el alcance de su intervención en el trámite, los límites a sus funciones y la responsabilidad que asume el notario por sus actos. Se pregunta porque el Reglamento Notarial y la legislación hipotecaria exigen conocer con precisión qué puede y qué no puede hacer cada empleado, así como el deber de secreto y la imposibilidad de delegar la fe pública, aspectos clave para el ejercicio práctico de la oposición.
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Estas 5 preguntas salen del propio test. Cada una lleva la explicación con la norma en la que se apoya.
1En relación con el deber de secreto profesional, ¿estan obligados los oficiales y auxiliares de Notaria a guardar reserva sobre los documentos y asuntos de los que tengan conocimiento por su trabajo?
- A) A) Si, el deber de secreto profesional del Notario se extiende a todo el personal de la Notaria, quienes deben guardar rigurosa reserva sobre los documentos y datos de los que tengan conocimiento.
- B) B) No, el secreto profesional es una obligación personal e intransferible del Notario, por lo que el personal solo responde disciplinariamente ante el propio Notario, y nunca ante terceros ni ante la Administración, salvo que se trate de delitos graves.
- C) C) Solo estan obligados respecto a los testamentos, pero no respecto a los documentos inter vivos, ni tampoco respecto a las actas de protocolización, salvo que el Notario les indique expresamente lo contrario.
- D) D) El deber de secreto solo les vincula si han firmado una clausula expresa de confidencialidad en su contrato de trabajo, y en tal caso solo durante la vigencia de la relación laboral, no después de su cese.
Respuesta correcta: A. El deber de secreto profesional, inherente a la función notarial, se extiende a todo el personal de la oficina publica notarial (oficiales, auxiliares, etc.), quienes tienen la obligación de guardar rigurosa reserva sobre los asuntos de los que tengan conocimiento por razon de su puesto.
2¿Quien tiene la competencia para el nombramiento y cese de los oficiales y auxiliares de una Notaria?
- A) A) La Junta Directiva del Colegio Notarial respectivo, previa propuesta del Notario titular y con informe preceptivo del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
- B) B) La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Publica, previo expediente administrativo con audiencia al interesado y al propio Notario titular de la oficina.
- C) C) El Notario titular de la plaza, bajo su exclusiva responsabilidad y de acuerdo con la legislación laboral y el convenio colectivo.
- D) D) El Decano del Colegio Notarial a propuesta del Notario, con ratificación posterior de la Asamblea General del Colegio y comunicación a la Administración laboral competente.
Respuesta correcta: C. Conforme al artículo 290 del Reglamento Notarial, los Notarios eligen libremente a su personal (oficiales, auxiliares y subalternos), rigiendose la relación por el derecho laboral comun y el Convenio Colectivo del sector.
3Respecto al deber de secreto profesional, ¿están obligados los oficiales y auxiliares de Notaría a guardarlo?
- A) A) Si, estan obligados a guardar riguroso secreto respecto de todos los hechos, documentos y datos de los que tengan conocimiento por razon de su cargo.
- B) B) No, el deber de secreto profesional es exclusivo del Notario, no alcanzando al personal laboral, salvo que se trate de información especialmente sensible.
- C) C) Solo estan obligados respecto a los testamentos, pero no respecto a las escrituras de compraventa o prestamos, ni a los datos de carácter personal de los clientes.
- D) D) Solo si firman una clausula de confidencialidad expresa en su contrato de trabajo, no existiendo tal obligación por defecto, aunque el incumplimiento pueda generar responsabilidad disciplinaria.
Respuesta correcta: A. El deber de secreto profesional se extiende a todo el personal de la Notaria (Art. 143 del Reglamento Notarial y Convenio Colectivo), derivado de la naturaleza de la función publica notarial y la protección de datos de carácter personal de los otorgantes.
4¿Puede el Notario delegar la firma de una escritura publica o de una poliza en su Oficial Mayor o en un auxiliar de su confianza?
- A) A) Si, mediante poder notarial especial otorgado a favor del Oficial Mayor, siempre que el poder se inscriba en el Registro de Poderes y se comunique al Colegio Notarial en el plazo de diez días.
- B) B) Si, pero unicamente en los casos de enfermedad o ausencia justificada del Notario por menos de 48 horas, y siempre que el Oficial Mayor tenga al menos cinco años de experiencia en la Notaria.
- C) C) No, la fe publica notarial es de ejercicio personal e indelegable, por lo que bajo ningun concepto puede el Notario delegar la firma de los documentos publicos en su personal.
- D) D) Si, pero solo para las polizas mercantiles y las actas de presencia, siempre que el Notario haya otorgado un poder general para actos de administración y que el auxiliar actúe bajo supervisión.
Respuesta correcta: C. Conforme al artículo 1 de la Ley del Notariado, el Notario es el unico depositario de la fe publica y su ejercicio es personal e indelegable, por lo que no cabe delegación de firma en oficiales ni auxiliares bajo ningun concepto.
5¿Es posible la delegación de la fe publica notarial en un Oficial de Notaria para la firma de polizas o escrituras en ausencia del Notario?
- A) A) Si, mediante poder notarial especial otorgado por el Notario a favor del Oficial.
- B) B) Si, pero unicamente para la intervención de polizas mercantiles.
- C) C) Si, en casos de enfermedad o ausencia justificada del Notario por un plazo no superior a tres días.
- D) D) No, la fe publica notarial es de carácter personalisimo e indelegable, por lo que solo el Notario (o su sustituto legal) puede autorizar e intervenir documentos.
Respuesta correcta: D. La fe publica notarial es de carácter personal e indelegable (Artículo 1 de la Ley del Notariado y Artículo 1 del Reglamento Notarial). Solo puede ser ejercida por quien ostente la condición de Notario o su sustituto habilitado legalmente.
El test completo tiene 30 preguntas y se corrige sobre la marcha, con la explicación de cada fallo.
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