El Poder Judicial en la Constitución (Título VI)
El Título VI (artículos 117 a 127) regula el Poder Judicial. Aquí están los principios que rigen a jueces y tribunales y los órganos clave (CGPJ y Ministerio Fiscal), materia fija de las oposiciones de Justicia y de la parte constitucional de casi todas.
Principios del art. 117
- La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados.
- Son independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.
- No pueden ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados sino por las causas y garantías previstas en la ley (inamovilidad).
- Principio de unidad jurisdiccional: es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales.
- El ejercicio de la potestad jurisdiccional (juzgar y hacer ejecutar lo juzgado) corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales.
El Consejo General del Poder Judicial (art. 122)
El CGPJ es el órgano de gobierno del Poder Judicial. Está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo preside, y por 20 vocales nombrados por un periodo de cinco años. Su función es garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial (nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario).
Otras garantías del Título VI
- Las actuaciones judiciales son públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.
- Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.
- Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes y prestar la colaboración requerida.
- Se reconoce la acción popular y la participación en la Administración de Justicia mediante el Jurado.
El Ministerio Fiscal (art. 124)
El Ministerio Fiscal tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público. Ejerce sus funciones conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción a los de legalidad e imparcialidad.
Truco de examen: Nota clave de test: los jueces están sometidos únicamente al imperio de la ley (art. 117.1). Y el CGPJ tiene 20 vocales + su Presidente (el del Tribunal Supremo).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el órgano de gobierno del Poder Judicial?
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), formado por su Presidente —el del Tribunal Supremo— y 20 vocales.
¿Qué principios rigen a los jueces?
Independencia, inamovilidad, responsabilidad y sometimiento únicamente al imperio de la ley (art. 117).
¿Qué es la unidad jurisdiccional?
El principio que sirve de base a la organización y funcionamiento de los Tribunales, según el artículo 117.5.
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